TESTIMONIO: VISTO: La deuda que el Instituto de Obra Médico Asis- tencial (IOMA) mantiene con los Prestadores de Salud, tanto Públicos como Privados, y CONSIDERANDO: Que el atraso en los pagos ocasiona serios per- juicios, tanto a los prestadores como a los afiliados de la menciona- da obra social. Que en los convenios están claramente estableci- dos las condiciones de pago que corresponde cumplir. Que en visita recientemente realizada a la ciu- dad, el Subsecretario de Salud de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Oscar Fariño, manifestó que los Municipios a partir del 15 de mayo ppdo. contarían con facultades para retener los aportes de los afi- liados locales, a efectos de compensar la deuda que mantiene IOMA con los prestadores públicos. Que dichas afirmaciones fueron retomadas por el Ministro de Salud Pública de la Provincia de Buenos Aires, Dr. Ismael Pasaglia, en reunión llevada a cabo el 20 de junio próximo pasado en Zona Sanitaria VIII, con la participación del Director de nuestro Hospital Subzonal. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: RESOLUCION Nº 25/02 ------------------- ARTICULO 1.- Solicítase al Señor Presidente del Instituto de Obra M‚- ------------ dico Asistencial (IOMA) arbitre los mecanismos necesa- rios para efectivizar el pago de las deudas contraídas.-------------- ARTICULO 2.- Resuélvese solicitar asimismo, que el Instituto no efec- ------------ túe el descuento porcentual del 25% de las deudas mante- nidas con los prestadores, propuesto a los mismos a efectos de proce- der al pago de su deuda.--------------------------------------------- ARTICULO 3.- Elévese copia de la presente al Señor Ministro de Salud ----------- de la Provincia de Buenos Aires, a efectos se efectúe un convenio con la mencionada obra social y los Municipios, para llevar a cabo la retención de los aportes realizados por los afiliados.----- ARTICULO 4.- Elévese copia de la presente a los Concejos Deliberantes ------------ de la Provincia de Buenos Aires.------------------------ ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Se- sión Ordinaria, a los once días del mes de julio de dos mil dos. FIR- MADO: Martín A. Pérez - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---